miércoles, 18 de junio de 2008

PIRATERIA INFORMATICA

PIRATERIA INFORMATICA
¿ACASO UN MAL NECESARIO?

Para comenzar, si hay un tema que hoy en día en el mundo jurídico-informático sea el más sonado, es sin duda alguna el tema de la Piratería, con esto no me quiero referir a que estamos siendo invadidos por piratas en barcos en busca de nuestras riquezas y bienes, no, simplemente es el acto de copiar o reproducir software, obras artísticas o científicas protegidas por el Derecho de Autor y otras normas, con el fin de obtener un lucro para si mismo o para otro en perjuicio de una tercera persona el cual es el autor de dicha obra. Conceptos sobre la Piratería Informática son muchos, desde definiciones técnicas hasta definiciones jurídicas. Tenemos el Art. 25 de la Ley Especial contra los Delitos Informáticos, el cual establece: “Quien sin autorización de su propietario y con el fin de obtener algún provecho económico, reproduzca, modifique, copie, distribuya o divulgue un software u otra obra del intelecto que haya obtenido mediante el acceso a cualquier sistema que utilice tecnologías de información, será sancionado con prisión de uno a cinco años y multa de cien a quinientas unidades tributarias”. Igualmente existen otros conceptos consagrados en la Ley sobre Derecho de Autor. Como podemos apreciar, Venezuela cuenta con un marco legal que penaliza la actividad de la Piratería, esto sin mencionar los acuerdos Internacionales celebrados y ratificados por Venezuela como la Decisión 351 de la Comunidad Andina de Naciones, Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas, Convención Universal sobre Derecho de Autor, el Acuerdo sobre la Protección de los Derechos de Propiedad Intelectual relativo a bienes en el comercio, etc. Con tantas leyes y acuerdos internacionales, Venezuela pareciera ser una Nación que ataca y combate fuertemente este delito, pero la realidad es otra, ya que Venezuela se ha constituido como un paraíso para la Piratería, donde a pesar de existir leyes que penalizan y regulan dicha actividad, cada día va siendo una actividad en aumento, pero nos hemos preguntado alguna vez ¿Estamos dañando a alguien o algo?, ¿Es malo comprarle a un pobre hombre que no tiene trabajo un “quemadito”, por tan solo Bs. 3.000?, bueno señores déjenme decirle que si, estamos siendo cómplices como usuarios en adquirir estos productos y estamos estimulando su crecimiento en perjuicio de grandes empresas y autores que son las que desarrollan y invierten grandes cantidades de dinero en estas obras . Hoy en día es difícil encontrar a alguien que no haya comprado un “quemadito”, yo confieso que compro mis “quemaditos”, y se que estoy obrando mal, pero creo que es un mal necesario, más aún cuando estamos atravesando una situación económica no muy favorable que no permite que personas comunes pueden adquirir software, DVD, Música, en formatos originales donde los precios se ubican desde Bs. 25 mil para la Música, Bs. 45 o 50 mil para los DVD y los más caros son los Software que oscilan entre Bs. 180 y 280 mil, no quiero justificar la piratería, pero se que muchos piensan igual que yo, y como podemos ver se trata de una situación muy grave donde las dos partes tienen sus justificaciones tanto el usuario como el autor, y como sabemos todos las leyes son claras y precisas, y lógicamente protegerán el Derecho de Autor, pero también debería buscarse una solución para los pobres usuarios quienes son los que utilizan esas obras. Estas grandes empresas deben replantear sus políticas, adoptar medidas para abaratar los precios y esto hará más accesible sus productos, yo les puedo asegurar que si estas medidas se estudiaran, esto puede desminuir la piratería más no eliminarla, no quiero ser pesimista en esto pero creo que de acuerdo a la tendencia del usuario venezolano, aún disminuyendo los precios seguimos comprando lo más barato. O me van a decir que estoy equivocado y nadie compra “quemaditos”, si es así “El que este libre de pecado que lancé la primera piedra”.

SEGURIDAD INFORMATICA

SEGURIDAD INFORMATICA

Una manera fácil de entender la Seguridad Informática y los actores que intervienen en ella, es comparándolo paralelamente con las medidas de seguridad que se deben tomar en el hogar, en este caso tomare un hecho real que me acaba de ocurrir.

Mi casa tienen 2 portones, ambos han estado asegurados por Candados y Palancas, luego un día a uno de los portones se le daño la pieza donde se colocaba el candado y también la palanca, uno vez ocurrido esto no se tomaron las acciones necesarias para repararlo, confiando en que nadie abriría el portón (NEGLIGENCIA). Pasaba el tiempo y no habían sospechas ni intentos (conocidos) de abrir el portón por desconocidos.

Hasta que un día, cuando menos se esperaba, el portón lo abrieron y robaron algunas cosas que estaban en el patio y además abrieron el carro para revisarlo.

Este suceso obligo a los responsables de la Seguridad de la casa (dueños) ha reparar el portón para así evitar el acceso a personas desconocidas.

Paralelamente este caso es igual al de la Seguridad Informática, específicamente al de los ordenadores, imaginemos que la casa es nuestro Ordenador, y que los portones son los Mecanismos de Seguridad Informáticos, como Anti-Virus, Cortafuegos, etc., si en algún momento fallan estos mecanismos y no se toman acciones rápidas, se corre el riesgo de que agentes externos puedan acceder al Sistema o Ordenador, poniendo en peligro la data o información que esté contenida en ella.

En este caso los datos, informaciones y programas paralelamente serían las cosas que robaron en el patio de la casa.

Por todo esto, es necesario destacar la importancia de la Seguridad en todos los aspectos de la vida; y recordar que el principal peligro contra la seguridad de nuestras vidas y nuestros sistemas, somos nosotros mismos.

Pero esto se puede superar aplicando algo que se tiene, pero muchas veces no se usa.... SENTIDO COMÚN.

Informática Jurídica

¿Qué es la Informática Jurídica?

Es una disciplina bifronte en la que se entrecruzan una metodología tecnológica con sus posibilidades y modalidades de tal aplicación. La informática jurídica estudia el tratamiento automatizado de: las fuentes del conocimiento jurídico a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencial y doctrinal (informática jurídica documental);las fuentes de producción jurídica, a través de la elaboración informática de los factores lógico-formales que concurren en proceso legislativo y en la decisión judicial (informática jurídica decisional); y los procesos de organización de la infraestructura o medios instrumentales con los que se gestiona el Derecho (informática jurídica de gestión).

¿Qué es el Derecho Informático?

Es el sector normativo de los sistemas, dirigido a la regulación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, es decir, la informática y la telemática. Así mismo integran el Derecho Informático las proposiciones normativas, es decir, los razonamientos de los teóricos del Derecho que tienen por objeto analizar, interpretar, exponer, sistematizar o criticar el sector normativo que disciplina la informática y la telemática. Las fuentes y estructura temática del Derecho Informático afectan las ramas del Derecho Tradicionales. Así mismo se inscriben en el ámbito del Derecho Público: El problema de la regulación del flujo internacional de datos informatizados, que interesa al derecho internacional público; la Libertada Informática, o defensa de las libertades frente a eventuales agresiones perpetradas por las tecnologías de la información y la comunicación, objeto de especial atención por parte del Derecho Constitucional y Administrativo; o los delitos informáticos, que tienden a configurar un ámbito propio en el Derecho Penal Actual. Mientras que inciden directamente en el Ámbito del Derecho Privado cuestiones, tales como: Los contratos informáticos, que pueden afectar lo mismo al hardware que al software, dando lugar a una rica tipología de los negocios en la que pueden distinguirse contratos de compraventa, alquiler, leasing, copropiedad, multicontratos de compraventa, mantenimiento y servicios; como los distintos sistemas para la protección jurídica de los objetos tradicionales de los Derechos Civiles y Mercantiles. Ese mismo carácter Inter. disciplinario o "espíritu transversal", que distingue al derecho informático, ha suscitado un debate teórico sobre: si se trata de un sector de normas dispersas pertenecientes a diferentes disciplinas jurídicas o constituye un conjunto unitario de normas (fuentes), dirigidas a regular un objeto bien delimitado, que se enfoca desde una metodología propia, en cuyo supuesto entraría una disciplina jurídica autónoma.

LA INFORMATIZACION DE LA JUSTICIA

LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y LAS NUEVAS

TECNOLOGÍAS

LA INFORMATIZACION DE LA JUSTICIA

Reflexiones sobre las nuevas tecnologías.

Durante la segunda mitad de este siglo, en forma progresiva (pero con características de progresión geométrica) el ser humano fue sorprendido por los grandes avances científicos y tecnológicos, los que se han hecho notar especialmente en el área de comunicaciones e información.-

El impacto de esas nuevas tecnologías ha sido y es tal, que ya podemos hablar del fin de la sociedad industrial y el comienzo de la sociedad tecnológica de la información, donde la informática, Internet y sus variantes corporativas intranets y extranets, la prensa electrónica interactiva, videoconferencia, trabajo, consultas y educación a distancia -entre otros- gobernarán a la sociedad mundial toda; tanto desde lo económico y social, cuanto de lo político; sea nacional, continental o universal.

La nueva tecnología avanza tan inconteniblemente que quienes gobiernan los Estados deben ocuparse imperiosamente de las infraestructuras necesarias y del desarrollo de las industrias asociadas a ella, especialmente en lo referente a la comunicación, información e informática, ya que constituyen en la actualidad los pilares básicos en los cuales se asienta la economía y el desarrollo universal.

Estas nuevas tecnologías mueven a la sociedad global. En este aspecto no es factible dejar de lado una planificación adecuada por parte de todos los Poderes constitutivos del Estado Nacional, si lo que queremos es ser una sociedad de avanzada. La política real de un Estado en la actualidad tiende al dominio de las nuevas tecnologías, ya que hace a su política exterior, convirtiéndolo en competitivo frente a los otros Estados.

Impacto sobre la Administración de justicia.

En la administración de justicia, constitucionalmente acordada al Poder Judicial a través de sus órganos, sean éstos de carácter individual (juez) o colectivos (Tribunales colegiados), cuyo órgano superior es la Corte Suprema, el impacto de la revolución tecnológica es, sin lugar a dudas, de vital trascendencia.

La función de "administrar justicia" tiene su inicio con la causa incoada por el justiciable ante el órgano correspondiente, y discurre por andariveles propios hasta llegar a la sentencia. Más allá de las normas procesales necesariamente aplicables, se genera en paralelo a la litis toda una estructura administrativa que viene de la mano de un modelo de gestión.

Desde el nacimiento de los Tribunales, momento en que se concibiera el primigenio modelo, esa gestión que acompaña al "caso judicial" ha sido escasamente modificada. Antes bien, podría decirse que ha sido olvidada, manteniendo hoy características propias de tiempos pretéritos.

Ese olvido implica una falta de adaptación al cambio y se traduce en la crítica cotidiana de justiciables, letrados y de la opinión pública en general. Lentitud e ineficacia son el denominador común.

"La justicia que se ve y se siente, la de los Tribunales" conforme la definiera Colmo, se resume en: colas interminables, casilleros atestados de expedientes, audiencias a varios meses vista, sentencias que -aunque brillantes en muchos casos- llegan luego de varios y penosos años para las partes.

En función de ello, entiendo que nos enfrentamos a una falsa disyuntiva. No podemos hablar de informatización de la justicia ni de proceso informatizado.

Desde luego, si se piensa que hasta no hace mucho el último avance tecnológico incorporado a la justicia lo constituía la máquina de escribir eléctrica, cabe entonces aclarar que la introducción de la informática al ámbito judicial resulta de innegable utilidad.

Empero, si bien útil, aisladamente considerada es insuficiente, puesto que se pierde de vista el contexto en que esa nueva tecnología debe operarse.

En efecto, la mera incorporación de un aplicativo informático, sin un cambio estructural en la gestión o "gerenciamiento" del Tribunal y en las normas que pautan el procedimiento, con el tiempo convierten al más potente ordenador en una muy moderna y vistosa máquina de escribir.

Consecuentemente, la nueva tecnología debe ir de la mano de un cambio de mentalidad organizacional que debe apuntar a diversos aspectos.

La Informatica con las Ramas del Derecho

RELACION DEL DERECHO PENAL Y LA INFORMATICA

Existe una estrecha relación entre la informática jurídica y el Derecho Penal, porque el Derecho Penal regula las sanciones para determinados hechos que constituyen violación de normas del Derecho y en este caso del Derecho Informático, en materia del delito cibernético o informático, entonces se podría comenzar a hablar del Derecho Penal Informático.

RELACION DEL DERECHO CONSTITUCIONAL Y LA INFORMATICA

El Derecho Informático tiene una estrecha relación con el Derecho Constitucional, por cuanto la forma y manejamiento de la estructura y órganos fundamentales del Estado, es materia constitucional. De allí, que actualmente se debe resaltar que dicho manejamiento y forma de controlar la estructura y organización de los órganos del Estado, se lleva a cabo por medio de la Informática, colocando al Derecho Informático en el tapete, porque con el debido uso que se le den a estos instrumentos informáticos, se llevará una idónea, eficaz y eficiente organización y control de estos entes. De lo que se puede desprender una serie de relaciones conexas con otras materias como sería el caso del Derecho Tributario y el Derecho Procesal.

DERECHO PROCESAL: COMO MEDIO DE PRUEBA

En el procedimiento de Defensa Social se admitirá como prueba todo aquello que se ofrezca como tal, siempre que, a juicio del funcionario, conduzca lógicamente al conocimiento de la verdad, y el propio funcionario podrá emplear cualquier medio legal, que establezca la autenticidad de la prueba.

Relacion entre el Derecho y la Informatica

RELACION ENTRE DERECHO Y INFORMATICA JURIDICA


Para poder realizar un análisis de la relación que hay entre estas dos primero debemos conocerlas: su estructura y como esta compuesta y para que le sirve la una a la otra por que son necesarias y que beneficios trae que las dos se fomenten para la vida social.

Entre el Derecho y la Informática se podrían apreciar dos tipos de interrelaciones. Si se toma como enfoque el aspecto netamente instrumental, se está haciendo referencia a la informática jurídica. Pero al considerar a la informática como objeto del Derecho, se hace alusión al Derecho de la Informática o simplemente Derecho Informático.

La cibernética juega un papel bastante importante en estas relaciones establecidas en el párrafo anterior. Por cuanto sabemos que la cibernética es la ciencia de las ciencias, y surge como necesidad de obtener una ciencia general que estudie y trate la relación de las demás ciencias.

De esta manera, tenemos a la ciencia informática y por otro lado a la ciencia del derecho; ambas disciplinas interrelacionadas funcionan más eficiente y eficazmente, por cuanto el derecho en su aplicación, es ayudado por la informática; pero resulta que ésta debe de estar estructurada por ciertas reglas y criterios que aseguren el cumplimiento y respeto de las pautas informáticas; así pues, nace el derecho informático como una ciencia que surge a raíz de la cibernética, como una ciencia que trata la relación derecho e informática desde el punto de vista del conjunto de normas, doctrina y jurisprudencia, que van a establecer, regular las acciones, procesos, aplicaciones, relaciones jurídicas, en su complejidad, de la informática. Pero del otro lado encontramos a la informática jurídica que ayudada por el derecho informático hace válida esa cooperación de la informática al derecho.

En efecto, la informática no puede juzgarse en su simple exterioridad, como utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, pura y llanamente; sino que, en el modo de proceder se crean unas relaciones Inter. subjetivas de las personas naturales o jurídicas y de entes morales del Estado, y surgen entonces un conjunto de reglas técnicas conectadas con el Derecho, que vienen a constituir medios para la realización de sus fines, ética y legalmente permitidos; creando principios y conceptos que institucionalizan la Ciencia informática, con autonomía propia. Esos principios conforman las directrices propias de la institución informática, y viene a constituir las pautas de la interrelación nacional-universal, con normas mundiales supra nacionales y cuyo objeto será necesario recoger mediante tratados públicos que hagan posible el proceso comunicacional en sus propios fines con validez y eficacia universal.

El derecho informático es la otra cara de la moneda-informática jurídica, y por otro entre otras disciplinas encontramos el derecho informático; que ya no se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos como ayuda al derecho, sino que constituye el conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática. Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el derecho.

Ahora bien, la informática jurídica constituye una ciencia que forma parte del ámbito informático, demostrando de esta manera que la informática ha penetrado en infinidad de sistemas, instituciones, etcétera; y prueba de ello es que ha penetrado en el campo jurídico para servirle de ayuda y servirle de fuente. Por lo tanto, la informática jurídica puede ser considerada como fuente del derecho, criterio propio que tal vez encuentre muchos tropiezos debido a la falta de cultura informática que existe en nuestro país.

Al penetrar en el campo del derecho informático, se obtiene que también constituye una ciencia, que estudia la regulación normativa de la informática y su aplicación en todos los campos. Pero, cuando se dice derecho informático, entonces se analiza si esta ciencia forma parte del derecho como rama jurídica autónoma ; así como el derecho es una ciencia general integrada por ciencias específicas que resultan de las ramas jurídicas autónomas, tal es el caso de la civil, penal y contencioso administrativa. La Informática Jurídica y el Derecho informático tienen sus propios principios.

El Derecho y La Informatica

La Informática y el Derecho son dos disciplinas que interrelacionadas trabajan con más eficacia y eficiencia, pues las novedosas tecnologías han facilitado al hombre métodos para perfeccionar y reducir su labor.

El Derecho Comercial es una rama del Derecho Privado que regula la actividad calificada por la Ley como comercial, las personas que realizan esa actividad profesionalmente; y determinados bienes utilizados o afectados en el ejercicio de la actividad comercial.

Los medios y las facilidades de la tecnología, han permitido que en las últimas décadas exista una marcada influencia de la informática en las distintas ramas del Derecho. Verbigracia, con el Derecho Comercial, donde gracias a los numerosos adelantos tecnológicos del hombre, cualquier comerciante por medio de la red, puede recibir asesoria y/o realizar toda clase de trámites legales en materia comercial de forma fácil y eficaz.

En cuanto al comercio electrónico, por medio de la Internet, cualquier persona puede realizar toda clase de intercambios mercantiles de una manera segura y confiable.

Por medio de la red toda persona natural o jurídica puede hacer toda clase de transacciones que tenga relación con el campo comercial, puedes realizar trámites con la DIAN, obtener el RUT, buscar si el nombre de la empresa esta disponible o si tienes deudas con algún ente, entre otras actividades.

La informática ha beneficiado al Derecho Comercial dado que en la actualidad todas esas transacciones que se demoraban días, hoy con solo dar un clic se ejecutan de manera inmediata, además de ser rápidas cuentan con una total seguridad y respaldo.